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Pasaporte

Consultar lugar y horarios de atención.

Requisitos

El único requisito indispensable para todos lo que deseen tramitar su Pasaporte Electrónico es presentarse con el Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento que tenés.

Recordá que en el caso que aún no cuentes con el DNI digital, en el mismo momento que tramitás tu pasaporte electrónico, se te tomará el trámite para obtener el DNI.
El costo del Pasaporte Electrónico es de $ 550.

No aceptes nunca la intervención de intermediarios, gestores ni terceros que te engañen. Todos los trámites son personales y no debés abonar ninguna otro importe a terceros, antes o después de la toma del trámite en una oficina habilitada.

SOLICITUD DE PASAPORTE POR PRIMERA VEZ

Argentinos mayores de edad 
Exhibir el Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento en vigencia.

Argentinos menores de 18 años de edad y/o quienes no hayan efectuado la actualización obligatoria de DNI al llegar a los 14 años: 

• Exhibir el Documento Nacional de Identidad.

• Partida de nacimiento (CERTIFICADA EN ORIGINAL) o acta de reconocimiento, o adopción si correspondiera.

• El menor deberá estar acompañado por el/los padre/s o tutor, de acuerdo a los siguientes supuestos:

- En los casos en que los padres del menor se encuentren casados, es suficiente que uno de ellos se presente para realizar el trámite de PASAPORTE en representación del menor. En este caso, será indispensable acreditar el matrimonio de los padres del menor, por lo cual se deberá presentar la partida de matrimonio certificada en adición al resto de la documentación requerida para este trámite. De no presentar la partida, el menor deberá estar acompañado indefectiblemente de ambos padres para que presten el consentimiento.

- Si la patria potestad fuese compartida por ambos progenitores y uno de ellos hubiere fallecido, se deberá presentar partida de Defunción original.

- En el supuesto que uno de los progenitores tenga la tenencia por sentencia judicial de divorcio, separación personal o acuerdo judicial, ejerciendo en exclusividad la patria potestad, deberá presentar copia certificada de dicha documentación.

- Si el niño/a o adolescente estuviera representado por tutor o curador, se deberá presentar autorización judicial expresa.

- En cualquiera de los casos mencionados, se deberá presentar el DNI de padre/madre o mayor que ejerza la tutela o curatela.

• En caso de no ser acompañado por un mayor que ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, se deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público en original, de la cual surja el permiso o consentimiento. .

DUPLICADOS/S EJEMPLARES DE PASAPORTES

Exhibir el Documento Nacional de Identidad o Libreta Cívica o de Enrolamiento, según corresponda. En caso de poseerlo, llevar pasaporte actual, el que será inutilizado y devuelto a su titular en todos los casos, preservando el/los visados que tuviera.
Si el motivo de la solicitud del ejemplar del pasaporte es una variación de nombre/s, apellido/s; y/o cualquier otro dato filiatorio, deberás presentar el acta o partida mediante la cual se produjo la modificación.
En el caso de menores de 18 años, deberán concurrir acompañados de un mayor que ejerza la patria potestad, quien deberá exhibir su Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento en vigencia.En caso de no ser acompañado por un mayor que ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, se deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.
En caso de menores de edad y/o quienes no hayan efectuado la actualización obligatoria de DNI al llegar a los 14 años, deberán presentar partida de nacimiento (CERTIFICADA) o acta de reconocimiento, o adopción si correspondiera.

CASOS ESPECIALES

Personas incapaces:
Documento Nacional de Identidad
Testimonio judicial de la designación de la persona que ejerza la tutela o curatela, salvo en el supuesto que la misma hubiere sido asumida por ministerio de la Ley.
La obtención del pasaporte por aquellos ciudadanos sujetos a patria potestad, tutela o curatela estará condicionada al consentimiento expreso, de la persona u órgano que tenga asignado su ejercicio o, en defecto de esta, del órgano judicial competente.
En caso de no estar presente quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, el denunciante deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.

RECTIFICACIONES DE PASAPORTES

Cuando se trate de modificaciones en tus datos filiatorios:
Exhibir el Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o de Enrolamiento
Cuando se soliciten rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación, será indispensable la presentación, según sea el caso, del acta o testimonio de la sentencia de Reconocimiento o Adopción, por ejemplo, o la partida de Nacimiento rectificada (CERTIFICADA) en la que consten los datos modificados.

Cuando se trate de una rectificación por errores u omisiones:
Cuando se soliciten rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación, será indispensable la presentación de la Libreta Cívica o de Enrolamiento o Documento Nacional de Identidad, según corresponda.

Rectificación de Oficio o a Solicitud de Interesado:
Cuando se comprobaran diferencias con respecto a los datos que se acompañaron al momento de la toma del trámite, o errores visibles en la confección o impresión, se inutilizará el documento defectuoso y se confeccionará uno SIN CARGO, siempre que la circunstancia se denuncie dentro de los NOVENTA (90) días corridos de haber sido entregado dicho documento y siempre que éste no hubiere sido utilizado para viajar. En caso contrario se efectuarán las rectificaciones con cargo al solicitante.

 

Costo del Trámite

$550